domingo, 28 de febrero de 2010

Tendencias en el Marketing 2.0

sábado, 20 de febrero de 2010

10 Reglas para triunfar en los negocios.

Otra forma de evaluar el desempeño de sus directivos.

¿Cómo comunicar un despido?

El Instituto IDAS y Activa-t se han propuesto abordar abiertamente y de forma práctica las situaciones a las que nos tenemos que enfrentar diariamente como consecuencia de la situacion económica actual.


Más información: Activa-t

viernes, 19 de febrero de 2010

El horizonte de la comunicación en 2010.

domingo, 14 de febrero de 2010

Las claves del nuevo Marketing

Juan Godoy y Javier Sánchez, de EOI Escuela de Organización Industrial, presentan los puntos claves del nuevo Marketing orientados a la Web 2.0.



viernes, 12 de febrero de 2010

Prórroga del cheque parado

El Consejo de Ministros, de 12 de febrero, ha aprobado un Real Decreto por el que se prorroga por seis meses, entre el 16 de febrero y el 15 de agosto de 2010, ambos inclusive, la vigencia del programa temporal de protección por desempleo e inserción.

Este programa se reguló por vez primera en agosto del pasado año mediante un Real Decreto Ley, que fue sustituido por la Ley de 11 de noviembre de 2009. La cuantía de la prestación es igual al 80 por 100 del IPREM, que en 2009 fue de 420 euros, y en 2010 asciende a 426 euros.

La prestación puede percibirse por los desempleados menores de 65 años que, a fecha de la solicitud de incorporación, reúnan los requisitos establecidos, entre los que destacan la extinción por agotamiento de la duración máxima de la prestación por desempleo a nivel contributivo o no contributivo y el compromiso de participar en itinerarios de inserción, con lo que el programa favorece la vinculación entre la percepción de una renta de protección frente al desempleo y la participación de sus beneficiarios en itinerarios de inserción, que aumenten sus posibilidades de acceder a un puesto de trabajo.

Prórrogas por seis meses

La Ley de 2009 habilitaba al Gobierno para que, teniendo en cuenta las perspectivas económicas y la situación del desempleo, pudiera prorrogar el programa por períodos de seis meses. Al cumplirse el próximo 15 de febrero la duración de dicho programa y mantenerse las condiciones de crisis económica y su impacto sobre el empleo que lo motivaron, el Gobierno ha decidido hacer uso de la habilitación y prorrogar por seis meses la medida, con objeto de minorar la repercusión de la situación económica sobre los desempleados, reforzando su protección frente al desempleo.

La prórroga afecta exclusivamente a los trabajadores que extingan por agotamiento la prestación contributiva o los subsidios por desempleo a partir del 16 de febrero y hasta el 15 de agosto, no así a los actuales beneficiarios, ya que el período máximo en que pueden percibir la ayuda seguirá siendo de seis meses no prorrogables.

El número de nuevos beneficiarios se calcula en torno a los 243.100 desempleados.

martes, 9 de febrero de 2010

Llega el (esperado) Acuerdo de la Negociación Colectiva.

En la delicada situación económica de nuestro país, y con la reforma laboral en ciernes, los agentes sociales han aprobado el Acuerdo de la Negociación Colectiva (ANC) y señalan como objetivos:

  • mejorar el tejido productivo y
  • colaborar a crear empleo estable,
mediante una distribución equilibrada de los esfuerzos entre trabajadores y empresarios de manera que, a través de la negociación colectiva, se desarrollen medidas en el trienio 2010-2012, que afecten a la política salarial, la inversión productiva, el mantenimiento y la recuperación del empleo y a la temporalidad injustificada.

Por ello, el ANC firmado hoy se constituye en un elemento dinamizador de la economía española para abordar los problemas actuales y mejorar la competitividad y el empleo en el futuro cercano, y que además, pretende generar confianza a la población, en la línea de mejorar sus niveles de consumo e inversión.

En relación con el incremento salarial, los agentes sociales firmantes consideran que los negociadores deberían tener en cuenta para la determinación de los incrementos salariales las siguientes referencias para:
  • 2010 hasta el 1%;
  • 2011 entre el 1% y el 2%; y
  • 2012 entre el 1,5% y el 2,5%,
Referencias que pueden contribuir a lograr el objetivo de incremento salarial moderado en la actual situación económica. Dentro de estas referencias, los criterios para determinar los incrementos salariales deberán ser objetivos y tener en consideración las realidades específicas de cada sector o empresa.

En este sentido, la llamada cláusula de inaplicación del régimen salarial o de descuelgue salarial forma parte del contenido mínimo de los convenios colectivos de ámbitos superior al de empresa.
Durante la vigencia de este ANC, la transcendencia del objetivo de preservar el empleo y las dificultades de financiación que atraviesan las empresas, justifican la conveniencia de posibilitar la inaplicación de los incrementos salariales del convenio correspondiente a aquellas empresas cuya estabilidad económica pudiera verse dañada, como consecuencia de tal aplicación.

A tal efecto, las partes firmantes someten a la consideración de los negociadores que, cuando una empresa se encuentre en tal situación y considere imprescindible no aplicar el régimen salarial, será necesario seguir el procedimiento previsto en el propio convenio y en todo caso, con carácter previo, ponerlo en conocimiento de la Comisión Paritaria o Mixta del Convenio Colectivo con justificación de las razones de inestabilidad económica por las que se pretende tal inaplicación. En el supuesto de desacuerdo entre las partes, dicha Comisión ofrecerá los mecanismos de composición previstos en los convenios colectivos o en los Sistemas de Mediación y Arbitraje correspondientes.

Imágenes: CCOO, UGT y SECCRA.